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Una pareja llenando formularios juntos en una mesa iluminada, con un pasaporte y sobres al lado

Inmigración

Visas de matrimonio y de prometido en Florida

Casarse antes o casarse después, y la regla de noventa días que no se negocia

Hay dos vías para que un ciudadano estadounidense traiga a vivir aquí a un prometido o a un cónyuge extranjero. Casarse en el extranjero y pedir por el cónyuge, o pedir por el prometido con una visa K-1 y casarse dentro de los noventa días de su llegada. Cuál conviene depende de dónde esté la pareja, de qué tan rápido necesiten estar juntos, y de si importa más tener permiso de trabajo pronto o un proceso total más corto. Las dos terminan en el mismo lugar, y las dos pueden terminar en residencia condicional.

01 Respuestas rápidas

¿Qué es la regla de noventa días?
Quien entra con visa K-1 tiene que casarse con el ciudadano que lo pidió dentro de los noventa días de su admisión. No se extiende, y la K-1 no sirve para casarse con otra persona.
¿Un residente puede usar la K-1?
No. La visa de prometido es solo para ciudadanos estadounidenses. Un residente permanente tiene que casarse primero y pedir por el cónyuge.
¿Cuál es más rápida?
La K-1 normalmente trae antes al prometido. La visa de inmigrante por matrimonio normalmente termina antes en residencia, porque la K-1 todavía necesita el ajuste después.
¿Puede trabajar quien entra con K-1?
Se puede pedir permiso de trabajo, pero va atado a una vigencia corta, así que en la práctica casi todas las parejas esperan y lo piden junto con el ajuste.
¿Qué es la residencia condicional?
Si el matrimonio tiene menos de dos años cuando se otorga la residencia, es condicional por dos años. 8 U.S.C. § 1186a.
¿Cómo se quitan las condiciones?
Con una petición conjunta presentada en la ventana de noventa días antes del segundo aniversario de haber recibido la residencia. Existen exenciones del requisito de presentar en conjunto.

02 Las dos vías

Visa de prometido, o casarse y pedir por el cónyuge

La visa K-1 de prometido del 8 U.S.C. § 1101(a)(15)(K) trae al prometido a Estados Unidos para casarse. Los requisitos incluyen que los dos estén legalmente libres para casarse, que la pareja se haya conocido en persona dentro de los dos años anteriores a presentar — salvo dispensa — y que se casen dentro de los noventa días de la admisión. Después de la boda, el nuevo cónyuge pide el ajuste de estatus aquí.

Una visa de inmigrante por matrimonio significa casarse primero, normalmente en el extranjero, y pedir por el cónyuge. El caso pasa por el Centro Nacional de Visas y una entrevista consular, y el cónyuge llega ya como residente permanente en vez de llegar y después solicitar.

Cómo elegir. La K-1 normalmente pone a la pareja en el mismo país antes, que para quienes llevan tiempo separados muchas veces es lo único que importa. Pero agrega una segunda etapa cara después, y el prometido pasa ese tiempo con permiso de trabajo limitado. La vía del cónyuge reúne más tarde y queda más limpia cuando aterriza.

Solo un ciudadano estadounidense puede presentar una K-1. Un residente permanente tiene una sola vía: casarse y después pedir, con la espera de una categoría de preferencia hasta que quien pide se naturalice.

La K-1 los reúne antes. La visa de cónyuge termina antes. Cuál importa más es la pregunta de verdad.

03 Los noventa días

Qué pasa si la boda no ocurre

El plazo de noventa días es un borde duro. Corre desde la admisión, no desde los planes de llegada ni desde que hubo salón disponible, y no se puede extender.

Si la pareja se casa dentro de ese plazo, el cónyuge pide el ajuste de estatus, y que la K-1 se haya vencido no es problema: ajustar desde una entrada válida con K-1 es exactamente lo que la vía contempla.

Si la pareja no se casa, el prometido tiene que salir del país. Quien tiene K-1 no se puede casar con otra persona y ajustar por esa vía, ni puede cambiar a otra categoría de la manera corriente. Quedarse más allá del plazo genera presencia ilegal, y eso trae a escena los castigos que se activan al salir.

Vale decirlo claro porque las bodas se atrasan por razones completamente normales, y las familias tratan la fecha como flexible cuando la ley no lo hace. Si hay cualquier duda con el calendario, es mejor casarse de forma sencilla y privada dentro de la ventana y dejar la celebración para después.

04 Cómo se prueba

Cómo se ve en papel una relación genuina

Las dos vías se deciden en buena medida por si la relación es genuina, y eso se prueba con el rastro corriente de una relación real y no con afirmaciones.

Lo que ayuda: prueba de haberse conocido en persona — vuelos, sellos, fotos de distintas ocasiones y no de un solo día; comunicación a lo largo del tiempo; presentaciones a las familias; enredo económico donde exista, como cuentas conjuntas, un contrato de renta, seguros compartidos o designaciones de beneficiario; y después de la boda, los documentos de un hogar compartido.

Lo que atrae escrutinio: una diferencia de edad grande, no compartir idioma, muy poco tiempo juntos en persona, un matrimonio muy rápido después de conocerse, peticiones anteriores de cualquiera de los dos, y matrimonios anteriores que terminaron cerca de la presentación. Nada de eso descalifica. Todo eso se explica mejor en el trámite que en una entrevista.

Cuando un matrimonio anterior terminó, la prueba de que terminó legalmente no es opcional, y en algunos países conseguirla toma meses. Ese es el documento que más seguido detiene un caso que por lo demás estaba listo.

05 Dos años después

La ventana de la residencia condicional

Si el matrimonio tiene menos de dos años el día en que se otorga la residencia, la residencia es condicional bajo el 8 U.S.C. § 1186a, y se vence.

Para quitar las condiciones, la pareja presenta una petición conjunta en la ventana de noventa días inmediatamente anterior al segundo aniversario de la residencia. Presentar fuera de esa ventana es un problema; olvidarlo por completo puede terminar en la pérdida del estatus y en un caso de deportación, y pasa porque para entonces la parte migratoria de la vida se siente terminada.

Cuando el matrimonio terminó o salió mal, el requisito conjunto se puede dispensar. Los fundamentos incluyen que el matrimonio se contrajo de buena fe pero terminó en divorcio, que la persona fue maltratada o sometida a crueldad extrema, o que la deportación causaría dificultad extrema. Son reales y se usan, y quien esté en esa situación no debe concluir que un matrimonio fallido significa perder el estatus.

El fundamento de maltrato se traslapa con una autopetición VAWA, y cuál sea la mejor vía depende de los hechos y de en qué punto del proceso esté la persona. Hay que evaluarlas juntas y no por separado.

06 Los estatutos

  • 8 U.S.C. § 1101(a)(15)(K) Visas de prometido La clasificación K, el requisito de haberse conocido, y la regla de noventa días.
  • 8 U.S.C. § 1151(b)(2)(A)(i) Familiares inmediatos Por qué el cónyuge de un ciudadano no hace fila por un número de visa.
  • 8 U.S.C. § 1186a Residencia condicional La regla de los dos años, la petición conjunta, y las dispensas.
  • 8 U.S.C. § 1255 Ajuste de estatus Cómo se convierte en residente quien entró con K-1, después de la boda.

Preguntas sobre visas de matrimonio y de prometido

Nunca nos hemos visto en persona. ¿Igual podemos presentar una K-1?

El requisito es haberse conocido dentro de los dos años anteriores a presentar. Existe una dispensa cuando conocerse violaría costumbres bien establecidas, o causaría dificultad extrema a quien pide, y son estrechas.

Una relación solo en línea sin encuentro en persona es la versión más difícil de este caso, y conviene hablarlo con honestidad antes de presentar en vez de confiar en que pase.

¿Mi prometido puede traer a sus hijos?

Los hijos solteros menores de veintiún años por lo general pueden acompañar a un K-1 como derivados si se incluyen desde el principio. Las edades importan y se miden en momentos específicos, y por eso conviene no dejarlos fuera del trámite inicial para agregarlos después.

Nos casamos en otro país. ¿Vale aquí?

Por lo general se reconoce un matrimonio válido donde se celebró, con excepciones. Lo que importa en la práctica es la prueba documental: un acta en la forma correcta, con traducción certificada, y prueba de que cualquier matrimonio anterior terminó.

Mi cónyuge ya está aquí sin estatus. ¿Igual funciona?

Si usted es ciudadano estadounidense y a su cónyuge lo inspeccionaron y lo admitieron, o le dieron parole, al entrar, muchas veces hay ajuste aquí aunque el estatus se haya vencido. Si entró sin inspección, ese es el caso difícil y primero va el análisis del perdón.

La pregunta de la entrada decide la vía, así que es lo primero que hay que establecer.

Nos estamos divorciando antes de quitar las condiciones.

Existe una dispensa del requisito de presentar en conjunto para un matrimonio contraído de buena fe que terminó en divorcio. La prueba es sobre la buena fe del matrimonio mientras duró, no sobre quién tuvo la culpa.

Plantéelo temprano. Los tiempos del divorcio y los de la presentación interactúan.

¿Cuánto cuesta?

Se cobra por hora, aparte de las tarifas de USCIS y del consulado. Hay planes de pago. La tarifa y el rango probable se dicen antes de firmar nada, y son distintos entre la vía K-1 y la del cónyuge porque el trabajo lo es.

Las consultas y los honorarios se cobran por hora. Las tarifas de gobierno y otros gastos de terceros son aparte. Hay planes de pago.

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Usted habla con el abogado que llevaría el caso, no con un departamento de admisiones. Ejerce en Florida desde 1998, con el número 152358 del Colegio de Abogados de Florida.

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