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Abogado de muerte por negligencia en Tampa

Por qué el primer paso es la sucesión y no una demanda

Bajo el § 768.20, una acción por muerte por negligencia en Florida la debe presentar el representante personal del fallecido, quien recupera en beneficio de los sobrevivientes y de la herencia. Un cónyuge, un hijo o un padre no pueden presentarla a nombre propio. Eso significa que el primer paso es abrir la sucesión y lograr que se nombre un representante personal — un procedimiento aparte, en la división de sucesiones del condado donde vivía la persona. En Hillsborough eso es la división de sucesiones, tutelas y fideicomisos del secretario, con ventanillas en el centro de Tampa, Brandon y Plant City. El reclamo tiene un plazo de dos años bajo el § 95.11(5)(e), y ese plazo sigue corriendo mientras se abre la sucesión. La Ley y quién puede recuperar qué están en la página de muerte por negligencia en Florida. Lo que sigue es la parte de Hillsborough County.

Choques en el condado de Hillsborough, 2024
26,269Departamento de Seguridad Vial y Vehículos Motorizados de Florida
Personas lesionadas
17,359Solo en el condado de Hillsborough, en un año
Personas fallecidas
180Menos que 230 el año anterior
Quién puede presentar
Una personaEl representante personal, y nadie más. § 768.20

Respuestas rápidas sobre muerte por negligencia en Tampa

¿Puedo presentarla como cónyuge o como padre?
No a nombre propio. El § 768.20 exige que la acción la presente el representante personal, que recupera para los sobrevivientes y la herencia. Usted bien puede ser la persona nombrada — pero el nombramiento va primero.
¿Dónde se abre la sucesión?
En Hillsborough, por la división de sucesiones, tutelas y fideicomisos del secretario — con ventanillas en el centro de Tampa, Brandon y Plant City. El procedimiento se ve en la corte de circuito del condado donde la persona tenía su domicilio.
Ya hicimos una administración sumaria. ¿Alcanza?
Normalmente no. La administración sumaria es para herencias menores y por lo general no produce un representante personal con cartas, que es lo que exige el § 768.20. La administración formal es la vía que se usa cuando hay que nombrar representante.
¿Quién cuenta como sobreviviente?
Bajo el § 768.18: el cónyuge, los hijos y los padres, más los parientes de sangre y hermanos adoptivos que dependían en parte o por completo del fallecido para su sustento o servicios. "Hijos menores" significa menores de 25.
¿Cuánto tiempo tenemos?
Dos años bajo el § 95.11(5)(e). Abrir la sucesión no detiene ese plazo, y por eso la sucesión y el reclamo se empiezan juntos y no uno después del otro.
No arrestaron a nadie. ¿Eso importa?
No. Un reclamo civil no exige arresto, cargos ni condena — y cuando la muerte resultó de un acto del § 782.04 o del § 782.07, el § 95.11(11) permite presentar la acción en cualquier momento.
La muerte fue médica. ¿Es distinto?
Sí, y mucho. El § 768.21(8) impide que un hijo adulto recupere por la pérdida de compañía de su padre o madre y por dolor y sufrimiento mental en una muerte por negligencia médica, y lo mismo a los padres de un hijo adulto.

01 La ley, una sola vez

Qué leyes de Florida aplican a un reclamo por muerte por negligencia en Tampa

Las reglas son iguales en todo Florida, así que están explicadas completas en una sola página en lugar de repetirse aquí. Están en la página estatal sobre muerte por negligencia, con el texto de la ley enlazado.

La Ley de Muerte por Negligencia de Florida hace algo que casi ninguna familia espera: el § 768.20 dice que la acción la debe presentar el representante personal del fallecido, quien recupera en beneficio de los sobrevivientes y de la herencia. Un cónyuge no puede presentarla a nombre propio. Un hijo o un padre tampoco.

Así que el primer paso no es una demanda. Es la sucesión — abrir el expediente en el condado donde vivía la persona y lograr que se nombre un representante personal, que es un procedimiento aparte en otra división del tribunal. El plazo del reclamo es de dos años bajo el § 95.11(5)(e), y no se detiene mientras se abre la sucesión.

Hay una excepción que conviene conocer. El § 95.11(11) establece que una acción por muerte contra una persona natural, por un delito intencional que causó la muerte conforme al § 782.04 o al § 782.07 — homicidio u homicidio involuntario — se puede presentar en cualquier momento, y no exige arresto, cargos formales ni condena.

Lo que sigue es la parte específica de el condado de Hillsborough: dónde surgen estos reclamos, dónde lo van a atender, a qué corte va el caso y cómo se piden los registros.

02 Abrir la sucesión

Dónde ocurren los reclamos por muerte por negligencia en Hillsborough

Antes de poder presentar nada, alguien tiene que ser nombrado para presentarlo. Eso ocurre en la división de sucesiones del condado donde vivía la persona, y es el paso que las familias no saben que viene.

  • El representante personalLa única persona que el § 768.20 deja presentar. Todo espera ese nombramiento.
  • Sucesiones, tutelas y fideicomisos de HillsboroughVentanillas en el centro de Tampa, Brandon y Plant City. Testamentos por correo a PO Box 3360, Tampa.
  • El condado del domicilioEl secretario ve el procedimiento en la corte de circuito del condado donde la persona tenía domicilio o bienes.
  • Administración formalCapítulos 731, 732 y 733 — la vía que se usa cuando hay que nombrar representante.
  • Administración sumariaPara herencias de hasta $150,000, o una muerte de hace más de dos años. Orden de distribución, no nombramiento.
  • El testamento original, en diez días§ 732.901. Sin costo, va con un formulario de Acknowledgement of Venue, y se exige el original.
  • Abogado en la sucesiónEl secretario señala que la mayoría de los casos requieren abogado bajo la Regla 5.030.
  • El reloj de dos añosEl § 95.11(5)(e) sigue corriendo todo el tiempo, y por eso la sucesión y el reclamo empiezan juntos.

03 Quién puede presentar

Por qué un cónyuge no puede presentar el reclamo a nombre propio en Tampa

Esta es la parte que sorprende a la gente, y es la frase más clara de la Ley.

El § 768.20 dice que la acción la debe presentar el representante personal del fallecido. El representante recupera en beneficio de los sobrevivientes y de la herencia. Los sobrevivientes son los beneficiarios de la recuperación; no son quienes demandan.

Es un solo caso, no varios. Una familia no presenta cuatro reclamos porque cuatro personas están de duelo. Se presenta una acción, y dentro de ella se reclaman los daños de cada sobreviviente — razón por la cual hay que identificarlos bien desde el principio y no agregarlos después.

Quiénes son los sobrevivientes está definido, no se supone. Bajo el § 768.18(1) son el cónyuge, los hijos y los padres, junto con cualquier pariente de sangre y hermano o hermana adoptivos que dependiera en parte o por completo del fallecido para su sustento o servicios. Un hijo nacido fuera del matrimonio es sobreviviente de la madre, y del padre cuando él reconoció la responsabilidad de mantenerlo.

Y la palabra "menor" no significa lo de siempre. El § 768.18(2) define a los hijos menores como los menores de 25 años, sin importar la mayoría de edad — y de ahí depende la restricción de negligencia médica.

04 Abrir la sucesión

Cómo se nombra un representante personal en Hillsborough County

La sucesión es otra división, otro expediente y otro juego de formularios, y hasta que no produce cartas de administración nadie tiene legitimación para presentar el reclamo.

En Hillsborough es la división de sucesiones, tutelas y fideicomisos del secretario, con ventanillas en el centro de Tampa, Brandon y Plant City, y testamentos que se reciben por correo en PO Box 3360, Tampa, FL 33601. El secretario indica que el procedimiento se ve en la corte de circuito del condado donde el fallecido tenía su domicilio o bienes, y que la mayoría de los casos de sucesión requieren abogado bajo la Regla 5.030 de Sucesiones de Florida.

La administración formal suele ser la vía. Es lo que el secretario describe como el procedimiento que se usa cuando hay que nombrar un representante personal, bajo los capítulos 731, 732 y 733. La administración sumaria, para herencias que no pasan de $150,000 o cuando la persona murió hace más de dos años, es una orden de distribución y no un nombramiento — así que una familia que la usó para mover una cuenta bancaria por lo general no tiene el representante que exige el § 768.20.

Y hay una regla de diez días de la que nadie se entera. Bajo el § 732.901, quien tenga el testamento original debe depositarlo ante el secretario del condado donde vivía la persona, dentro de los diez días de haberse enterado de la muerte. No cuesta nada, y es aparte de abrir la sucesión.

Empiece las dos cosas a la vez. El plazo de dos años del reclamo corre mientras la sucesión está en trámite, y la prueba de la que depende un caso de muerte — el vehículo, el lugar, el video, el registro de mantenimiento — se pierde igual que en cualquier otro caso.

05 Qué se puede recuperar

Qué permite la Ley, y la restricción que agarra a las familias

Los daños pertenecen a personas concretas, y el estatuto dice a cuáles. Bajo el § 768.21, los sobrevivientes pueden recuperar el valor del sustento y los servicios perdidos, y el cónyuge sobreviviente puede recuperar por pérdida de compañía y protección y por dolor y sufrimiento mental. Los hijos menores — otra vez, menores de 25 — pueden recuperar por la pérdida de compañía, instrucción y guía de su padre o madre, y por dolor y sufrimiento mental.

Los padres de un hijo menor fallecido pueden recuperar por dolor y sufrimiento mental, y los padres de un hijo adulto también cuando no hay otro sobreviviente.

La herencia misma recupera los ingresos perdidos desde la lesión hasta la muerte, las acumulaciones netas que se esperaban, y los gastos médicos y funerarios que la herencia pagó.

Y luego la restricción. En un reclamo por negligencia médica, el § 768.21(8) establece que un hijo adulto no puede recuperar por la pérdida de compañía, instrucción y guía ni por dolor y sufrimiento mental, y que los padres de un hijo adulto tampoco pueden recuperar dolor y sufrimiento mental.

Esa disposición sigue siendo ley. Una derogación pasó la Legislatura en 2025 y fue vetada. El HB 6003 pasó la Cámara 88–17 el 15 de enero de 2026 y murió en el Comité de Reglas del Senado el 13 de marzo de 2026. Es lo primero que hay que revisar en una muerte médica, porque puede decidir si existe un reclamo recuperable.

06 Los plazos

Dos años, y el único caso sin plazo alguno

El plazo ordinario es de dos años bajo el § 95.11(5)(e), y abrir la sucesión no lo detiene.

Si hay un gobierno de por medio, en la práctica es más corto. Un reclamo contra el estado o una subdivisión debe presentarse por escrito bajo el § 768.28(6) — dentro de dos años en muerte por negligencia — y la recuperación tiene tope de $200,000 por persona y $300,000 por incidente, y lo que exceda solo se paga por ley de la Legislatura.

Y una categoría no tiene plazo. El § 95.11(11) establece que una acción del § 768.21 contra una persona natural, por un delito intencional que causó la muerte conforme al § 782.04 o al § 782.07, se puede presentar en cualquier momento — y el inciso dice expresamente que no exige arresto, presentación de cargos formales ni condena.

Eso importa más de lo que parece. A las familias se les dice de rutina que esperen el caso penal. Cuando esto aplica, el reclamo civil nunca estuvo corriendo con el reloj del caso penal.

07 Ejemplos de situaciones

Situaciones que esta oficina ve en Hillsborough

Lo que sigue son ejemplos del tipo de situaciones que se presentan en este condado. Son ilustraciones de cómo aplican las reglas, no descripciones de casos pasados, y no predicen ningún resultado. Cada reclamo depende de sus propios hechos, su propia cobertura y su propio expediente médico.

  • Un cónyuge que creía que podía demandar

    El § 768.20 exige un representante personal. Puede ser él o ella — pero primero.

  • Una administración sumaria ya hecha

    Por lo general no hay representante con cartas, así que por lo general no alcanza.

  • Una muerte en un choque con un vehículo del gobierno

    Topes del § 768.28 y su propio plazo de dos años para presentar.

  • Una muerte en un hospital

    El § 768.21(8) puede eliminar por completo la recuperación de un hijo adulto.

  • Una muerte por una agresión, sin arresto

    El § 95.11(11) puede permitir presentar el reclamo en cualquier momento.

  • Un hijo adulto que mantenía a su padre

    La dependencia es lo que convierte a ciertos parientes en sobrevivientes bajo el § 768.18.

08 La evidencia

Evidencia que existe aquí y que muchas veces nadie recoge

Casi toda cámara que vio el choque se sobrescribe sola en días o semanas. La diferencia entre un caso con la culpa en disputa y uno sencillo normalmente es si alguien pidió el video mientras todavía existía.

  • El certificado de defunción

    El documento sobre el que se arma todo lo demás.

  • El testamento original, dentro de diez días

    Depositado ante el secretario del condado de residencia, § 732.901. Sin costo.

  • Las cartas de administración

    La prueba del nombramiento. Sin ellas no hay legitimación para demandar.

  • Actas de matrimonio y de nacimiento

    Establecen quiénes son los sobrevivientes, que la Ley define de forma estrecha.

  • Prueba de dependencia de otros parientes

    Lo que mete a un pariente de sangre o hermano adoptivo dentro del § 768.18.

  • Comprobantes de ingresos y declaraciones de impuestos

    Con eso se calculan el sustento perdido y las acumulaciones netas de la herencia.

  • Facturas médicas y funerarias que pagó la herencia

    Recuperables por la herencia bajo el § 768.21.

  • Una exigencia escrita de preservación

    El vehículo, el video, el expediente de mantenimiento — un caso de muerte pierde prueba igual de rápido.

09 El reporte

Qué reunir, y qué no firmar

Dos documentos abren todo lo demás: el certificado de defunción y el testamento original si existe — que tiene su propia regla de diez días. Después, lo que identifique a los sobrevivientes: acta de matrimonio, actas de nacimiento, y lo que muestre dependencia en el caso de un pariente al que se mantenía.

El reporte del choque o del hecho viene de la agencia que lo trabajó — la policía de Tampa dentro de la ciudad, la Oficina del Sheriff de Hillsborough fuera de ella, Temple Terrace y Plant City las suyas, y la Florida Highway Patrol en las interestatales y la Selmon.

No firme todavía nada de una aseguradora. Una liberación temprana firmada por un familiar puede complicar un reclamo que pertenece a la herencia y a sobrevivientes que nadie ha identificado. Una declaración grabada dada antes de que haya un nombramiento la da alguien sin autoridad para darla.

10 La oficina

Dónde está la oficina de Tampa y cómo llegar

DAPENALAW está en 4231 N Habana Avenue, Tampa, FL 33607, abierta de Lunes a viernes, 08:00 a 18:00. El número directo es (813) 930-5422.

La oficina está en North Habana Avenue, en West Tampa, a pocos minutos de la I-275 y del Tampa General, con estacionamiento en el lugar. La primera conversación puede ser por teléfono o video, y hay visitas a domicilio — en un caso de muerte, así suele ser la primera reunión.

No tiene que venir. La primera conversación puede ser por teléfono o video, los documentos se manejan de forma electrónica, y cuando la lesión hace difícil el traslado la reunión se hace donde esté usted. La oficina de Habana Avenue atiende al condado de Hillsborough en general, y sobre todo a Tampa, Westshore, Town ’n’ Country, Ybor City, Temple Terrace, Carrollwood, Brandon, Riverview y Plant City.

Más sobre la oficina de Tampa

Preguntas sobre muerte por negligencia en Tampa

Soy el cónyuge. ¿Por qué no puedo presentar el reclamo yo?

Porque el § 768.20 dice que la acción la debe presentar el representante personal del fallecido, quien recupera en beneficio de los sobrevivientes y de la herencia.

Los sobrevivientes son las personas para quienes es la recuperación. No son quienes la presentan. Usted bien puede ser la persona nombrada representante personal, y muchas veces es el cónyuge — pero el nombramiento va primero, y ocurre en la sucesión y no en el caso por lesiones.

También significa que se presenta una sola acción, no una por cada familiar en duelo. Los daños de cada sobreviviente se reclaman dentro de ese único caso.

¿Cómo se abre la sucesión en Tampa?

Por la división de sucesiones, tutelas y fideicomisos del secretario, con ventanillas en el centro de Tampa, Brandon y Plant City, y testamentos por correo en PO Box 3360, Tampa, FL 33601.

El secretario indica que el procedimiento se ve en la corte de circuito del condado donde el fallecido tenía su domicilio o bienes, y que la mayoría de los casos de sucesión requieren abogado bajo la Regla 5.030 de Sucesiones de Florida.

La administración formal es el procedimiento que se usa cuando hay que nombrar representante personal, que es lo que necesita un reclamo por muerte. La sumaria, para herencias que no pasan de $150,000 o cuando la persona murió hace más de dos años, por lo general no basta por sí sola.

Aparte, quien tenga el testamento original debe depositarlo ante el secretario dentro de los diez días de enterarse de la muerte, bajo el § 732.901. No tiene costo, va con un formulario de Acknowledgement of Venue, y el secretario exige el original.

Ya hicimos una administración sumaria. ¿Alcanza?

Normalmente no, y este es un malentendido común y caro.

La administración sumaria está disponible para herencias que no pasan de $150,000, o cuando la persona murió hace más de dos años, y produce una orden que distribuye bienes en vez del nombramiento de un representante personal con cartas.

La administración formal, bajo los capítulos 731, 732 y 733, es el procedimiento que se usa cuando hay que nombrar un representante personal — que es exactamente lo que el § 768.20 exige para un reclamo por muerte.

Así que una familia que usó la sumaria para transferir una cuenta bancaria por lo general todavía necesita la formal antes de poder presentar el reclamo.

¿Quién cuenta como sobreviviente bajo la Ley?

Bajo el § 768.18(1): el cónyuge, los hijos y los padres del fallecido, y además cualquier pariente de sangre o hermano o hermana adoptivos que dependiera en parte o por completo del fallecido para su sustento o servicios.

Un hijo nacido fuera del matrimonio es sobreviviente de la madre. Del padre, solo cuando él había reconocido la responsabilidad de mantenerlo.

Y "hijos menores", bajo el § 768.18(2), significa menores de 25 años, sin importar la mayoría de edad. Esa definición es la que convierte a alguien en "hijo adulto" para la restricción de negligencia médica.

¿Qué se puede recuperar?

Los sobrevivientes pueden recuperar el valor del sustento y los servicios perdidos. El cónyuge sobreviviente además por pérdida de compañía y protección y por dolor y sufrimiento mental.

Los hijos menores — menores de 25 — pueden recuperar por la pérdida de compañía, instrucción y guía y por dolor y sufrimiento mental. Los padres de un hijo menor fallecido pueden recuperar dolor y sufrimiento mental, y los padres de un hijo adulto cuando no hay otro sobreviviente.

La herencia recupera los ingresos perdidos desde la lesión hasta la muerte, las acumulaciones netas esperadas, y los gastos médicos y funerarios que pagó.

Mi padre o madre murió por negligencia médica. ¿Puedo recuperar?

Si usted es un hijo adulto, el § 768.21(8) dice que no, justo por lo que más les importa a las familias.

En un reclamo por negligencia médica, un hijo adulto no puede recuperar por la pérdida de compañía, instrucción y guía, ni por dolor y sufrimiento mental. Los padres de un hijo adulto tampoco pueden recuperar dolor y sufrimiento mental.

Esa disposición sigue siendo ley. Una derogación pasó la Legislatura en 2025 y fue vetada; el HB 6003 pasó la Cámara 88–17 el 15 de enero de 2026 y murió en el Comité de Reglas del Senado el 13 de marzo de 2026.

No necesariamente acaba con todo — los reclamos propios de la herencia son aparte, y si una muerte se caracteriza bien como negligencia médica es en sí una pregunta. Pero es lo primero que hay que establecer, no lo último.

No han arrestado a nadie. ¿Igual podemos reclamar?

Sí. Un reclamo civil no exige arresto, cargos formales ni condena, y el estándar de prueba es más bajo que el penal.

Más aún: bajo el § 95.11(11), una acción por muerte contra una persona natural, por un delito intencional que causó la muerte conforme al § 782.04 o al § 782.07, se puede presentar en cualquier momento, y el inciso dice expresamente que no exige arresto, presentación de cargos formales ni condena.

A las familias se les dice de rutina que esperen a que termine el caso penal. Cuando esto aplica, el reclamo civil nunca estuvo corriendo con el reloj del caso penal.

¿Mi estatus migratorio afecta este reclamo?

No es un elemento del reclamo. El derecho a reclamar en Florida no depende del estatus migratorio de la persona fallecida ni de los sobrevivientes.

En estos casos el miedo pesa de una forma particular, porque el primer paso es ir a una corte a que lo nombren a uno representante personal, y mucha gente sin papeles no quiere acercarse a un tribunal. La sucesión es un trámite civil y no migratorio.

Si algo de su situación le preocupa, se habla directo con el abogado en la primera llamada, que es gratis.

¿Cuánto tiempo tenemos?

Dos años bajo el § 95.11(5)(e) para un reclamo común por muerte por negligencia.

Abrir la sucesión no detiene ese reloj, y por eso la sucesión y la investigación se empiezan juntas y no una después de la otra.

Si hay un demandado gubernamental, el § 768.28(6) exige presentar el reclamo por escrito dentro de dos años en muerte por negligencia, y limita la recuperación a $200,000 por persona y $300,000 por incidente.

Y la excepción del § 95.11(11) no tiene plazo alguno.

¿Debemos hablar con la aseguradora?

No antes de que haya un nombramiento, y no sin asesoría.

Una declaración grabada dada antes de que exista un representante personal la da alguien sin autoridad para darla a nombre de la herencia. Una liberación temprana firmada por un familiar puede complicar un reclamo que pertenece a la herencia y a sobrevivientes que todavía nadie identificó.

Guarde todo lo que llegue por escrito, y no firme nada que hable de liberar, resolver o dar por terminado un reclamo.

¿Dónde se vería el caso?

El reclamo por lesiones se presenta en el Palacio de Justicia George E. Edgecomb, 800 East Twiggs Street.

La sucesión es un procedimiento aparte, en la división de sucesiones del condado donde vivía la persona.

¿Cuánto cuesta?

La primera conversación no cuesta nada y no lo compromete a nada.

Los casos por lesiones se llevan con honorarios de abogado por contingencia, es decir, no hay honorario de abogado a menos que haya recuperación. Los gastos del caso se rigen por el acuerdo escrito de representación, incluido quién los paga si no hay recuperación.

¿Quién va a llevar el caso?

José A. Dapena. Usted trata con su abogado directamente en cada etapa, no con un departamento de admisiones ni con un gestor de casos.

Ejerce en Florida desde 1998, con el número 152358 del Colegio de Abogados de Florida. En un caso de muerte el trabajo temprano es establecer quiénes son los sobrevivientes y lograr un nombramiento, y eso se hace antes de presentar nada.

11 Siga leyendo

Esta página es información general sobre la ley de Florida, no asesoría legal sobre su caso. Publicada por Jose A. Dapena, P.A. Última actualización: octubre de 2026.

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