DAPENALAW
Llamar (813) 930-5422
Una fila de scooters de alquiler estacionados en una acera soleada de Florida

Abogado de accidentes de scooter en Miami y Tampa

No hay PIP en el scooter. Y quizá tampoco del carro.

La ley de Florida no trata un scooter como un carro, ni como una motocicleta, ni siquiera como una bicicleta. Los separa en tres máquinas con reglas distintas de licencia, seguro y dónde se pueden manejar, y la que usted andaba decide qué cobertura existe. La respuesta sorprende dos veces: no hay Protección contra Lesiones Personales en un scooter, y a diferencia de un ciclista, usted quizá tampoco alcanza el PIP del carro que lo chocó. DAPENALAW lleva estos casos desde Miami, Homestead y Tampa. José A. Dapena pasó 2002 como abogado interno de una aseguradora de PIP, leyendo estos reclamos desde el lado del expediente donde se decide cuánto valen, y usted trata con él directamente en cada etapa. La consulta es gratis, en español o en inglés, y no hay honorario de abogado a menos que haya recuperación.

Por qué llevar su caso de accidente de scooter con José A. Dapena

Hay muchos abogados de lesiones en Florida. Estas son las cosas concretas que separan a esta firma, y cada una se puede verificar.

  1. Trabajó del otro lado del expediente

    En 2002, antes de representar a personas lesionadas, José A. Dapena fue abogado interno de una aseguradora de PIP: revisaba los reclamos por cuenta de la compañía y decidía cómo los iba a contestar. Sabe cómo se arma la posición del otro lado porque la armó.

  2. 28 años admitido en Florida

    Colegiado de la Florida número 152358, admitido el 8 de octubre de 1998, con práctica federal en los tres distritos de Florida. El número de colegiado se puede verificar en el directorio del Colegio de Abogados de la Florida.

  3. Usted habla con su abogado, no con un centro de llamadas

    En muchas firmas grandes el cliente trata con un departamento de intake y después con un asistente. Aquí usted trata directamente con su abogado en cada etapa. Es una cuestión de acceso.

  4. Español de verdad, del abogado y del personal

    Su caso puede correr en español desde la primera llamada hasta la última. No es un intérprete que traduce lo que dice el abogado: él habla español.

  5. Tres oficinas en Florida, incluida Homestead

    South Miami, Homestead y Tampa. Casi ninguna firma de lesiones tiene oficina en Homestead, y para el sur del condado eso significa que no hay que manejar hasta el centro de Miami para hablar con un abogado.

  6. La consulta es gratis y el honorario depende de que haya recuperación

    El honorario es un porcentaje del acuerdo o del fallo, y se debe solo si lo hay. Los gastos del caso son una cosa distinta: la firma los adelanta y se reembolsan de la recuperación, y quién responde por ellos si no hay recuperación queda por escrito en el contrato antes de que usted firme.

Verifique el número de colegiado — 152358

Si se lesionó, la primera llamada es gratis y no lo compromete a nada.

Qué pasa cuando usted llama

La primera llamada no compromete a nada y no cuesta nada. Esto es lo que ocurre en ella y en los días siguientes.

  1. 01

    Usted cuenta lo que pasó

    En español o en inglés, lo que prefiera. Sin formularios primero y sin un cuestionario de intake.

  2. 02

    Le dicen si hay reclamo, incluso cuando no lo hay

    Si lo que usted describe no sostiene un reclamo que valga la pena traer, se lo dicen en esa llamada en vez de abrir un expediente.

  3. 03

    Se identifica qué evidencia se está venciendo

    Video, registros de inspección, el reporte, la bitácora de un camión. Casi todo eso lo guarda la otra parte y casi todo tiene fecha de vencimiento.

  4. 04

    Se manda por escrito lo que haya que preservar

    Una llamada no crea obligación de guardar nada. Una carta escrita sí, y sale en los primeros días y no en el segundo mes.

  5. 05

    Se revisa su propia cobertura

    PIP, conductor sin seguro, cobertura médica. Mucha gente tiene cobertura que no sabe que tiene.

  6. 06

    Usted se concentra en tratarse

    Las llamadas con los ajustadores pasan por la firma. Usted no da declaraciones grabadas sin preparación.

Cuánto cuesta, y quién paga sus facturas médicas mientras tanto

Una motocicleta no tiene PIP, y esto sorprende a casi todo el mundo. El § 627.732(3) define vehículo de motor, para estos efectos, como un vehículo autopropulsado de cuatro o más ruedas. Dos ruedas quedan fuera de la definición, así que los $10,000 que contestarían un choque de carro sencillamente no están.

Eso significa que las facturas médicas se pagan con seguro médico, con cobertura de pagos médicos si el motociclista la compró, con una carta de protección con el médico que lo trata, o con el reclamo de responsabilidad al final. También significa que la regla de los 14 días que atrapa a tantos reclamos de carro no aplica igual.

La consecuencia práctica es que aquí las coberturas de responsabilidad y de conductor sin seguro pesan más que en cualquier otro choque, porque no hay una capa de no-culpa debajo que absorba las primeras facturas.

Respuestas rápidas sobre accidentes de scooter en Florida

¿El PIP me cubre en un scooter?
No. El § 627.732(3) define el vehículo de motor para PIP como uno de cuatro ruedas o más, así que un scooter, un moped y una motocicleta quedan todos fuera.
¿Puedo usar el PIP del carro que me chocó?
Probablemente no, y aquí un scooter se separa de una bicicleta. El § 627.736(1) cubre a quien es golpeado sin ser ocupante de un vehículo autopropulsado. Una bicicleta es de fuerza humana; un scooter motorizado no.
¿Entonces de dónde sale el dinero?
De la cobertura de lesiones corporales del conductor culpable si la compró, de su propia cobertura de conductor sin seguro, de la póliza de un familiar que viva con usted, de su seguro de salud, y en un alquiler de la póliza del operador.
¿Cuál es la diferencia entre un scooter y un moped?
Los pedales y la velocidad. Un moped tiene pedales y asiento y llega a 30 mph con 50cc o menos. Un scooter motorizado no tiene pedales, puede no tener asiento, y no pasa de 20 mph. § 316.003.
¿Necesito licencia de conducir?
Para un scooter motorizado o dispositivo de micromovilidad no: el § 316.2128(3) lo dice expresamente. Para un moped sí, porque el capítulo 322 lo trata como vehículo de motor.
¿El scooter necesita seguro o placa?
No. El § 316.2128(2) lo exime de los requisitos de registro y seguro del § 320.02.
¿Qué reglas tengo que seguir en un scooter?
Las de un ciclista. El § 316.2128(1) le da al operador todos los derechos y deberes de quien maneja una bicicleta bajo el § 316.2065, salvo los que por su naturaleza no apliquen.
¿Puedo andar por la acera?
Eso depende de su ciudad. El estatuto permite que un gobierno local regule estos aparatos en calles, carreteras y aceras, así que la respuesta es una ordenanza municipal y no una regla estatal.
¿Mi hijo necesita casco?
Sí, si tiene menos de 16 años. El § 316.2065(3)(d) exige casco bien ajustado y abrochado que cumpla la norma federal, y el deber pasa por el § 316.2128(1).
¿Hay edad mínima?
No a nivel estatal. El § 316.2128(7) permite que un condado o municipio fije una edad mínima y exija una identificación con foto emitida por el gobierno.
Me lesioné en un scooter de alquiler. ¿Quién responde?
Depende de por qué se cayó: un conductor, el pavimento, o la máquina misma. El contrato de la aplicación casi siempre trae una cláusula de arbitraje, y el registro del viaje lo tiene el operador.
¿Cuánto tiempo tengo para demandar?
Dos años desde el accidente para la mayoría de los reclamos de negligencia ocurridos desde el 24 de marzo de 2023. § 95.11.
PIP en un scooter
NingunoEl PIP exige cuatro ruedas o más. § 627.732(3)
Licencia de conducir
No se exigePara scooter o micromovilidad. § 316.2128(3)
Reglas que sigue
Las del ciclistaDerechos y deberes de un ciclista. § 316.2128(1)
Plazo para demandar
2 añosAccidentes desde el 24 de marzo de 2023. § 95.11

01 Cuál máquina

Florida los separa en tres, y la línea lo decide todo

Antes que nada: ¿qué andaba manejando? La respuesta no es cosmética. Cambia la licencia, el seguro y las reglas de la vía.

El § 316.003 traza las líneas. Un scooter motorizado va con motor, puede tener asiento o no, tiene máximo tres ruedas, y no puede pasar de 20 mph en terreno plano. Un dispositivo de micromovilidad es la categoría más amplia — más o menos de 20 a 36 pulgadas de ancho, 50 libras o menos, normalmente bajo 15 mph y nunca sobre 28 — e incluye bicicletas, bicicletas eléctricas y scooters, propios o de alquiler.

Un moped es otra cosa. Tiene pedales para propulsión humana y asiento, máximo tres ruedas, transmisión automática, un motor de no más de dos caballos de fuerza al freno, y velocidad máxima de 30 mph. Si quema combustible, el motor no puede pasar de 50 centímetros cúbicos.

Pase de 50cc y deja de ser moped. El § 322.01(28) define la motocicleta como un vehículo de motor con desplazamiento mayor a 50cc, lo que la manda a otro capítulo con un endoso de licencia encima.

La prueba práctica casi siempre es sencilla: pedales y 50cc. Pedales más motor chico es un moped. Sin pedales y 20 mph es un scooter. Más de 50cc es una motocicleta.

02 El hueco de cobertura

No hay Protección contra Lesiones Personales en un scooter

El PIP de Florida no lo alcanza en un scooter, y la razón es una definición y no una exclusión de póliza.

El § 627.732(3) define el vehículo de motor, para efectos de PIP, como un vehículo autopropulsado con cuatro ruedas o más, de un tipo diseñado y exigido para ser licenciado en las carreteras de Florida.

Un scooter tiene dos. También un moped, y también una motocicleta. Ninguno es vehículo de motor bajo esa sección, por eso ninguno carga PIP y por eso quien lo maneja no tiene los primeros $10,000 automáticos de cobertura médica que sí tiene quien va en un carro.

El código de tránsito dice lo mismo desde el otro lado. El § 316.003(46) define el vehículo de motor para el capítulo 316 y excluye expresamente las bicicletas, las bicicletas eléctricas, los scooters motorizados y los mopeds.

Así que las primeras facturas caen sobre el seguro de salud, sobre la cobertura del operador del alquiler cuando existe, o sobre nada, y eso antes de que alguien discuta quién causó el choque.

03 El segundo hueco

Por qué un ciclista alcanza el PIP del carro y el de un scooter quizá no

Esta es la distinción que casi nada de lo escrito sobre scooters en Florida explica, y puede valer $10,000.

El PIP de un carro cubre a más gente que la que va adentro. El § 627.736(1) lo extiende a otras personas golpeadas por el vehículo asegurado que sufren lesión corporal «sin ser ocupantes de un vehículo autopropulsado».

Esa frase es todo el argumento. Un peatón claramente no ocupa un vehículo autopropulsado, así que el PIP del carro que lo golpeó responde. Una bicicleta está definida en el § 316.003 como un vehículo propulsado únicamente por fuerza humana — no autopropulsado — y por eso un ciclista golpeado normalmente alcanza esa misma cobertura.

Un scooter motorizado, por su propio nombre en el estatuto, va con motor. En la letra del texto, quien lo maneja ocupa un vehículo autopropulsado, y la categoría que rescata al peatón y al ciclista no lo alcanza de forma obvia.

De ahí salen dos cosas. Primero, la máquina importa otra vez: en una bicicleta de pedales o en una eléctrica el análisis es distinto que en un scooter de pie. Segundo, esto es un argumento que hacen las aseguradoras y no una regla resuelta — el estatuto no define «vehículo autopropulsado» — así que vale la pena pelearlo y no aceptarlo con la primera carta de negación.

En la práctica significa que quien anda en scooter debe asumir que la pregunta de cobertura es más dura que la de un ciclista, y empezar a buscar de inmediato cualquier otra póliza.

04 Dónde está el dinero

Las pólizas que pueden responder cuando el PIP no

Sin PIP en la máquina y con pelea sobre el del carro, la recuperación se arma con lo que haya.

La cobertura de lesiones corporales del conductor culpable, si la compró. Florida no la exige, así que un conductor en regla puede no tener nada que le pague a una persona lesionada.

Su propia cobertura de conductor sin seguro, que con frecuencia es todo el caso. Bajo el § 627.727(8), una persona lesionada sin estar ocupando un vehículo de motor puede escoger cualquiera de los límites de UM disponibles para ella como asegurada nombrada o familiar residente, y como un scooter no es vehículo de motor en el código de tránsito, vale la pena presionar por esa vía.

La póliza de un familiar que viva con usted, porque la cobertura UM sigue a la persona y no al carro. Para un joven que todavía vive en casa, esa suele ser la póliza más grande del expediente.

La cobertura del operador del alquiler, cuando el scooter se rentó por aplicación.

Un reclamo contra el inmueble o la vía, cuando lo que causó la caída fue un defecto del pavimento y no un conductor.

Y una advertencia sobre cerrar. Si una aseguradora de responsabilidad ofrece sus límites y esos límites no cubren el daño, el § 627.727(6)(a) exige aviso escrito por correo certificado a cada aseguradora de UM antes de aceptar. Esta tiene entonces 30 días para autorizar el acuerdo o para preservar su subrogación pagándole ella misma esa cantidad. Firmar una liberación sin ese aviso puede terminar el reclamo de UM, que en un caso de scooter normalmente es la mitad más grande.

05 Las reglas que lo rigen

Quien maneja un scooter tiene derechos y deberes de ciclista

El § 316.2128(1) le da a quien opera un dispositivo de micromovilidad o un scooter motorizado todos los derechos y deberes de quien maneja una bicicleta bajo el § 316.2065, salvo los que por su naturaleza no puedan aplicar.

Eso lo manda al estatuto de bicicletas, y conviene saber qué dice, porque la defensa sí lo va a saber.

Usted es un conductor. El § 316.2065(1) le da a quien maneja una bicicleta todos los derechos y todos los deberes del conductor de cualquier otro vehículo. Señales, letreros, derecho de paso: las reglas ordinarias aplican.

En la acera y en el cruce peatonal usted es peatón. El § 316.2065(9) lo dice, lo que significa que ahí corren a su favor los deberes del conductor del § 316.130. La subsección (10) agrega que usted debe cederle el paso a los peatones y dar una señal audible antes de rebasarlos.

Luces de noche. Entre la puesta y la salida del sol la máquina necesita una luz blanca al frente y una luz roja con reflector atrás, visible a 600 pies. Andar sin luces de noche es el argumento de culpa comparativa que está esperando para salir.

Casco si tiene menos de 16. El § 316.2065(3)(d) exige que quien maneja o va de pasajero y tiene menos de 16 años use casco bien ajustado, abrochado con correa, que cumpla la norma federal.

06 Licencia y placas

Lo que un scooter no necesita, y lo que un moped sí

Aquí las dos máquinas se separan por completo, y la gente con frecuencia cree que le aplica la regla de la otra.

Un scooter motorizado o dispositivo de micromovilidad no necesita nada de eso. El § 316.2128(2) lo exime de los requisitos de registro y seguro del § 320.02 y de los requisitos de licencia del § 316.605. El § 316.2128(3) establece sin rodeos que no se requiere licencia de conducir para operarlo.

Un moped es distinto. El capítulo 322 define el vehículo de motor como cualquier vehículo autopropulsado que no corra sobre rieles, excluyendo solo los de fuerza humana, las sillas de ruedas motorizadas y las bicicletas eléctricas. Un moped es autopropulsado y no es ninguna de esas excepciones, así que el capítulo de licencias lo alcanza y hace falta licencia de conducir para manejarlo.

Una motocicleta va más lejos: el § 322.03(5) exige una licencia que autorice específicamente manejar motocicleta.

Esto pesa después del choque y no solo antes. Una aseguradora va a mirar si usted operaba la máquina legalmente, y andar sin licencia en un moped es un argumento regalado, aunque es un punto de culpa comparativa y no una barrera, y no excusa al conductor que lo chocó.

07 Ciudad por ciudad

La regla que cambia al cruzar el límite de una ciudad

No hay una sola respuesta estatal sobre dónde se puede andar, y eso es a propósito.

El § 316.2128(1) permite que un condado o municipio adopte ordenanzas que rijan la operación de estos aparatos en calles, carreteras, aceras y zonas de acera dentro de su jurisdicción. La subsección (7) le permite fijar edad mínima y exigir identificación con foto emitida por el gobierno. La subsección (8) le permite ofrecer capacitación de seguridad y de leyes de tránsito.

Así que si la acera es legal, si hay edad mínima, y si un operador de alquiler puede dejar aparatos en cierta calle son preguntas locales con respuestas locales, y difieren entre ciudades vecinas de este mercado.

Para un reclamo esto corta en los dos sentidos. Una ordenanza local es evidencia: andar donde una ordenanza lo prohíbe es un argumento de culpa comparativa, y un operador que suelta aparatos donde la ciudad los restringió es un hecho sobre ese operador.

Por eso también un reporte policial que cita un código municipal en vez de un estatuto estatal se lee con cuidado y no por encima.

08 El de alquiler

Qué cambia cuando el scooter salió de una aplicación

La mayoría de las lesiones de scooter en este mercado pasan en uno de alquiler, y eso suma partes y papeleo.

¿Por qué se cayó? Un conductor, un defecto del pavimento, o la máquina misma: un freno que no agarró, un acelerador que se trabó, una rueda que falló. Lo tercero es un reclamo contra el operador o el fabricante y se prueba con la máquina, así que el aparato se debe preservar e identificar y no dejar tirado en el lugar.

El registro del viaje lo tiene la empresa. Inicio y fin del viaje, ruta, velocidad, y en muchos casos el historial de mantenimiento de esa unidad específica. No es suyo y no se guarda para siempre, así que la solicitud escrita de preservación sale temprano.

El acuerdo que usted aceptó en la aplicación importa. Esos términos comúnmente traen cláusula de arbitraje y renuncia de responsabilidad. Si una cláusula así es exigible, y contra quién, es una pregunta real y no una conclusión cerrada, y de todas formas no toca el reclamo contra el conductor que lo chocó, que además es el reclamo más común.

Fotografíe el aparato, el daño y su número de identificación antes de irse, si puede. Ese número es como se encuentra después el historial de mantenimiento.

09 Culpa y reloj

Los plazos, y el argumento que decide el valor

Para accidentes ocurridos desde el 24 de marzo de 2023, Florida da dos años para traer la mayoría de los reclamos de negligencia. § 95.11.

La culpa es donde estos casos se ganan y se pierden. Bajo el § 768.81 su recuperación se reduce por su parte, y por encima del 50% se elimina. En un scooter los argumentos son predecibles: andar en la acera donde una ordenanza lo prohíbe, sin luces de noche, sin casco con menos de 16 años, o a una velocidad que no corresponde a la máquina.

Cada uno de esos se puede contestar, y ninguno es automáticamente fatal. El punto del casco en particular es un argumento sobre las lesiones y no sobre quién causó el choque.

Y la evidencia corre más rápido que el plazo. El registro del viaje, el historial de mantenimiento de esa unidad, el video de cámaras cercanas y la máquina misma desaparecen o se sobrescriben mucho antes de dos años.

Qué puede hacer José A. Dapena con un reclamo de scooter en Florida

La primera llamada es sobre qué máquina andaba, si era rentada, y qué cobertura existe en cualquier parte: la suya, la de un familiar, la del conductor, la del operador. Esas respuestas deciden el caso mucho antes de que alguien discuta la culpa.

José A. Dapena pasó 2002 como abogado interno de una aseguradora de PIP, leyendo estos reclamos desde el lado del expediente donde se decide cuánto valen. En un scooter la primera jugada de la aseguradora es decir que el PIP no lo alcanza, y esa respuesta merece que la pongan a prueba y no que la acepten.

Usted trata con él directamente, en español o en inglés, en cada etapa. Hay visitas a domicilio y al hospital cuando viajar no es realista. La consulta es gratis y no hay honorario de abogado a menos que haya recuperación.

La consulta es gratis y no hay obligación.

10 Las leyes que deciden su caso

  • Fla. Stat. § 627.732(3)

    Qué es un vehículo de motor para PIP

    Cuatro ruedas o más, y por eso no hay PIP en un scooter.

  • Fla. Stat. § 627.736(1)

    A quién cubre el PIP

    La frase «sin ser ocupante de un vehículo autopropulsado», que separa al ciclista del scooter.

  • Fla. Stat. § 316.003

    Definiciones

    Scooter motorizado, micromovilidad, moped y motocicleta: dónde están las líneas.

  • Fla. Stat. § 316.2128

    Operación de scooters

    Derechos de ciclista, sin licencia, sin registro, y lo que puede regular cada ciudad.

  • Fla. Stat. § 316.2065

    Reglas de bicicleta

    Conductor en la vía, peatón en la acera, luces de noche y casco bajo 16 años.

  • Fla. Stat. § 627.727

    Conductor sin seguro

    El § 627.727(8) para quien no ocupa un vehículo, y el aviso de 30 días del (6)(a).

  • Fla. Stat. § 768.81

    Culpa comparativa

    Por encima del 50% de culpa no hay recuperación.

11 Qué hacer después del choque

  1. 01

    Identifique la máquina

    Pedales y cilindrada. Scooter, moped o motocicleta cambian la licencia, el seguro y las reglas.

  2. 02

    Fotografíe el aparato y su número

    En un alquiler ese número es como se encuentra después el historial de mantenimiento de esa unidad.

  3. 03

    Pida por escrito el registro del viaje

    Inicio, fin, ruta y velocidad los tiene el operador, y no los guarda para siempre.

  4. 04

    No acepte sin más una negación de PIP

    El argumento del «vehículo autopropulsado» es discutible: el estatuto no define la frase.

  5. 05

    Revise toda póliza de UM de la casa

    El § 627.727(8) puede dejarle escoger cualquier límite disponible para usted como asegurado o familiar residente.

  6. 06

    Avise antes de cerrar con el culpable

    El § 627.727(6)(a) exige aviso certificado a su aseguradora de UM, que tiene 30 días para responder.

12 Qué se puede reclamar

  • Gastos médicos

    Sin PIP de por medio, salen del seguro de salud, del operador del alquiler o del responsable, con derechos de reembolso de por medio.

  • Ingresos perdidos y capacidad de ganancia

    Las lesiones de scooter cargan fracturas y traumas de cabeza que sacan a alguien del trabajo por meses.

  • Dolor, sufrimiento y cicatrices

    La desfiguración por raspones de pavimento es un elemento propio y se documenta con fotos a lo largo del tiempo.

  • Cuidado futuro

    Cuando la lesión es permanente se costea con opinión médica, sujeto al tope del § 768.0427(4).

13 Dónde atienden las lesiones graves

Los expedientes que genera el hospital en la primera hora suelen ser lo que después prueba la lesión. Niveles según la lista oficial del Departamento de Salud de Florida.

  • Ryder Trauma CenterMiami-DadeCentro de trauma nivel I en Jackson Memorial, a donde llegan las lesiones graves del condado.
  • Jackson Memorial HospitalMiami-DadeOperado por el Public Health Trust, lo que coloca un reclamo contra él bajo el § 768.28.
  • Tampa General HospitalHillsboroughCentro de trauma nivel I para el centro oeste de Florida.
  • Jackson South Medical CenterMiami-DadeEl más cercano para el sur del condado y Homestead.

En el condado de Miami-Dade se reportaron 60,000 choques en 2024, con 29,359 personas lesionadas y 272 muertes. En Hillsborough fueron 26,269 choques, 17,359 lesionados y 180 muertes. Fuente: FLHSMV.

14 Qué prueba el caso

  • Fotos del scooter, del daño y de su número de identificación antes de salir del lugar.
  • El registro del viaje del operador: inicio, fin, ruta y velocidad.
  • Historial de mantenimiento de esa unidad específica.
  • Reporte policial, y si cita un código municipal, el texto de esa ordenanza.
  • Video de cámaras de negocios, timbres y tránsito a lo largo de la ruta.
  • Fotos del defecto del pavimento con algo que dé escala, antes de que lo reparen.
  • La declaración de cobertura de cada póliza de la casa, para el reclamo de UM.

15 Lo que daña un reclamo

  • Suponer que el PIP lo cubre porque el scooter tiene motor. El § 627.732(3) exige cuatro ruedas.
  • Aceptar la negación de PIP de la aseguradora del carro sin pelear el argumento del vehículo autopropulsado.
  • No revisar su propia cobertura de UM ni la de un familiar residente, que el § 627.727(8) puede dejarle escoger.
  • Dejar el scooter de alquiler en el lugar sin fotografiarlo ni anotar su número de identificación.
  • Tardar en pedir el registro del viaje y el historial de mantenimiento, que el operador no guarda para siempre.
  • Tomar la cláusula de arbitraje de la aplicación como el final del asunto, cuando no toca el reclamo contra el conductor.
  • Aceptar los límites del conductor culpable sin el aviso del § 627.727(6)(a) a su aseguradora de UM.
  • Confundir un moped con un scooter y aplicar la regla de licencia equivocada.

Preguntas frecuentes sobre accidentes de scooter en Florida

¿Mi PIP me cubre cuando ando en scooter?

No. El § 627.732(3) define el vehículo de motor, para PIP, como un vehículo autopropulsado con cuatro ruedas o más diseñado y exigido para ser licenciado en las carreteras de Florida.

Un scooter tiene dos ruedas, igual que un moped y una motocicleta. Ninguno carga PIP, así que no existen los primeros $10,000 automáticos de cobertura médica que sí tiene quien va en un carro.

El código de tránsito coincide desde el otro lado: el § 316.003(46) excluye expresamente los scooters motorizados y los mopeds de su definición de vehículo de motor.

Me chocó un carro. ¿Puedo usar el PIP de ese carro, como un ciclista?

Esa es la pregunta más dura de esta página, y conviene entenderla en vez de aceptar una negación.

El § 627.736(1) extiende el PIP a otras personas golpeadas por el vehículo asegurado «sin ser ocupantes de un vehículo autopropulsado». Un peatón claramente califica. Una bicicleta está definida como propulsada únicamente por fuerza humana, así que un ciclista golpeado normalmente también.

Un scooter motorizado va con motor, así que en la letra del texto quien lo maneja ocupa un vehículo autopropulsado. El estatuto no define la frase, lo que convierte esto en un argumento y no en una regla resuelta, pero significa que hay que esperar la pelea y buscar de inmediato cualquier otra póliza.

¿Cuál es de verdad la diferencia entre un scooter y un moped?

Los pedales y la velocidad, y la diferencia atraviesa todo el reclamo.

Un moped bajo el § 316.003 tiene pedales para propulsión humana y asiento, máximo tres ruedas, transmisión automática, motor de no más de dos caballos de fuerza al freno, y tope de 30 mph. Un motor de combustión no puede pasar de 50 centímetros cúbicos.

Un scooter motorizado va con motor, puede tener asiento o no, tiene máximo tres ruedas, y no pasa de 20 mph en plano. Arriba de 50cc no es ninguno de los dos: el § 322.01(28) lo hace motocicleta.

¿Necesito licencia, seguro o placa para un scooter?

Para un scooter motorizado o dispositivo de micromovilidad, no a las tres. El § 316.2128(2) lo exime del registro y del seguro del § 320.02 y de los requisitos de licencia del § 316.605, y el § 316.2128(3) dice que no se requiere licencia de conducir para operarlo.

Para un moped, sí a la licencia. El capítulo 322 define el vehículo de motor como cualquier vehículo autopropulsado que no corra sobre rieles, excluyendo solo los de fuerza humana, las sillas de ruedas motorizadas y las bicicletas eléctricas, y un moped no es ninguno de esos.

Una motocicleta exige una licencia que autorice específicamente manejarla, bajo el § 322.03(5).

¿Qué reglas de tránsito me aplican en un scooter?

Las de un ciclista. El § 316.2128(1) le da todos los derechos y deberes de quien maneja una bicicleta bajo el § 316.2065, salvo los que por su naturaleza no puedan aplicar.

Entonces usted es conductor para lo ordinario: señales, letreros y derecho de paso. En la acera o en un cruce peatonal, el § 316.2065(9) lo convierte en peatón, lo que pone a su favor los deberes que un conductor le debe a un peatón; a cambio usted debe cederle el paso a los peatones y dar una señal audible antes de rebasarlos.

Entre la puesta y la salida del sol necesita luz blanca al frente y luz roja con reflector atrás, visible a 600 pies.

¿Puedo andar en la acera?

Depende de la ciudad, y no hay respuesta estatal.

El § 316.2128(1) permite que un condado o municipio adopte ordenanzas sobre estos aparatos en calles, carreteras, aceras y zonas de acera dentro de su jurisdicción. Ciudades vecinas de este mercado lo contestan distinto.

Importa para el reclamo además de para el paseo. Andar donde una ordenanza lo prohíbe es un argumento de culpa comparativa, y por eso un reporte que cita un código municipal se lee con cuidado.

¿Mi hijo adolescente necesita casco?

Con menos de 16 años, sí. El § 316.2065(3)(d) exige casco de bicicleta bien ajustado y abrochado con correa, que cumpla la norma federal de seguridad. El deber pasa a los scooters por el § 316.2128(1).

No hay edad mínima estatal para manejarlo, pero el § 316.2128(7) permite que un condado o municipio fije una y exija identificación con foto del gobierno.

Si un menor se lesionó sin casco, eso es un argumento sobre las lesiones y no sobre quién causó el choque, y no termina el reclamo.

Me lesioné en un scooter rentado. ¿Qué hago primero?

Fotografíe la máquina, el daño y su número de identificación antes de irse, si puede. Ese número es como se encuentra después su historial de mantenimiento.

Después pídale por escrito al operador que preserve el registro del viaje — inicio, fin, ruta, velocidad — y el historial de mantenimiento de esa unidad específica. Son datos de ellos y no se guardan para siempre.

El acuerdo que aceptó en la aplicación comúnmente trae cláusula de arbitraje y renuncia. Si lo obliga es una pregunta real, y de cualquier forma no toca su reclamo contra el conductor que lo chocó.

Falló el scooter mismo. ¿Eso es un reclamo?

Puede serlo, contra el operador del alquiler o contra el fabricante, y se prueba con la máquina.

Un freno que no agarró, un acelerador trabado, una rueda o un poste que falló se establecen inspeccionando el aparato y revisando su historial de mantenimiento, y por eso identificarlo y preservarlo es lo más valioso que se puede hacer en el lugar.

Un reclamo por defecto corre junto al reclamo contra un conductor, no en lugar de él.

Nadie me chocó. Me caí por la calle. ¿Hay reclamo?

Posiblemente. Un defecto en la superficie — un hoyo, una junta rota, un desnivel sin marcar, una tapa de servicio levantada — puede sostener un reclamo contra quien era dueño o tenía control de ese tramo.

Cuando eso es una entidad pública, rige el § 768.28: aviso escrito primero, tope de $200,000 por persona, y sus propios plazos. Ese aviso es condición previa, así que hay que identificarlo temprano.

Fotografíe el defecto con algo que dé escala, y hágalo antes de que lo reparen.

¿Y si el conductor que me chocó no tenía seguro?

Su propia cobertura de conductor sin seguro es la vía, y hay una disposición que vale la pena presionar. El § 627.727(8) permite que una persona lesionada sin estar ocupando un vehículo de motor escoja cualquiera de los límites de UM disponibles para ella como asegurada nombrada o familiar residente.

La póliza de un familiar que viva con usted también puede responder, porque la cobertura UM sigue a la persona y no al vehículo.

Si una aseguradora sí ofrece sus límites y no cubren el daño, mande el aviso del § 627.727(6)(a) a su aseguradora de UM por correo certificado antes de aceptar. Tiene 30 días para autorizar o para pagarle ella misma esa cantidad, y firmar sin eso puede terminar el reclamo de UM.

¿Cuánto cuesta traer un reclamo por scooter?

La primera consulta es gratis y no hay honorario de abogado a menos que haya recuperación.

Los gastos del caso son aparte y los rige el acuerdo escrito de representación. Un reclamo por defecto carga gastos reales, porque inspeccionar la máquina y obtener el historial de mantenimiento es lo que lo establece.

Cuéntele a Jose qué pasó

Una revisión gratuita de su caso de accidentes de scooter, sin obligación y sin honorarios ni costos si no hay recuperación. En español, directamente con Jose A. Dapena en cada etapa — y si no hay un reclamo que valga la pena, también se lo dice.